1- ¿Quiénes son ciudadanos?
Respuesta: Son
ciudadanos los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no
hayan sido condenados a pena aflictiva.
2- ¿Qué derechos tienen las personas
que sean ciudadanos?
Respuesta: La calidad
de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección
popular y los demás que la Constitución o la ley confieran.
3- ¿Qué es la ciudadanía?
Respuesta: Ciudadanía
es el derecho de los nacionales para ejercer derechos políticos.
- Los derechos
políticos son el de elegir gobernantes, el ser elegido, el participar en
plebiscitos y otras formas de consulta popular.
- ¿Cuándo se pierde la ciudadanía?
Respuesta: La calidad
de ciudadano se pierde:
1- Por pérdida de la
nacionalidad chilena.
2- Por condena a pena
aflictiva.
3- Por condena por
delitos que la ley califique como conducta terrorista y los relativos al
tráfico de estupefacientes y que hubieren merecido, además, pena aflictiva.
2- ¿En qué casos se puede recuperar la
ciudadanía?
Respuesta:- Quien
hubiere perdido la ciudadanía por haber perdido la nacionalidad chilena sólo
adquiere nuevamente aquélla una vez que haya sido rehabilitado en la
nacionalidad chilena mediante una ley.
- Los que hubieren
perdido la ciudadanía por la causal señalada en el número 2°, la recuperarán en
conformidad a la ley, una vez extinguida su responsabilidad penal.
-Los que hubieren
perdido la ciudadanía por la causal prevista en el número 3°, podrán solicitar
su rehabilitación al Senado una vez cumplida la condena.
-El que haya perdido la
ciudadanía por condena a pena aflictiva sólo puede adquirirla nuevamente y
solicitar su inscripción en los Registros Electorales una vez extinguida su
responsabilidad penal, sea por cumplimiento de la condena.
-En el caso de aquellos
condenados por delitos terroristas o relativos al tráfico de estupefacientes y
que quisieren recuperar su ciudadanía, deberán haber cumplido la condena que se
les impuso y, además, ser rehabilitados por el Senado una vez cumplida la
condena.
No hay comentarios:
Publicar un comentario