1- ¿Qué es una sociedad individual de
responsabilidad limitada (EIRL)?
Respuesta:
Servicio
de Impuestos Internos (SII): Las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) son personas jurídicas,
formadas exclusivamente por una persona natural, con patrimonio propio y
distinto al del titular, que realizan actividades de carácter netamente
comercial (no de actividades de segunda categoría). Las EIRL están sometidas a
las normas del Código de Comercio, cualquiera sea su objeto, pudiendo realizar
toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la
ley a las Sociedades Anónimas (S.A.).
2- ¿Cuáles son los aspectos propios de
las sociedades individuales de responsabilidad limitada (EIRL)?
Respuesta:
1.- Para los fines de
identificación, debe consignar, al menos, su nombre y apellido, pudiendo tener
también un nombre de fantasía, sumado al de las actividades económicas o giro.
Esta denominación deberá cerrarse con la frase “Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada”, o bien utilizar la abreviatura “EIRL”.
2.- Estas empresas
deberán constituirse por escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el
Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial.
3.- La duración de la
empresa puede ser determinada o indefinida.
4.- La generación de
una EIRL permite dar vida a una persona jurídica, siempre de tipo comercial.
5.- El propietario de
la empresa individual responde con su patrimonio y sólo con los aportes
efectuados o que se haya comprometido a incorporar. Por su parte, la empresa
responde por sus obligaciones generadas en el ejercicio de su actividad con
todos sus bienes.
6.- Debe darse
formalidad y publicidad especial a los contratos que celebre la empresa individual
con su propietario, cuando éste actúa dentro de su patrimonio personal.
7.- La administración
corresponde a su propietario; sin embargo, éste puede dar poderes generales o
especiales a un gerente o mandatario(s).
8.- Para poner término
a la empresa, destacan la voluntad del empresario, el término de su duración o
muerte del titular.
9.- En caso de
fallecimiento del empresario, sus herederos pueden continuar con la empresa.
10.- La empresa
individual se puede transformar en sociedad y una sociedad limitada puede
constituirse en una empresa individual. En este último caso, los derechos de la
sociedad que desaparece deben reunirse en las manos de una sola persona
natural.
11.- Todo el régimen
jurídico aplicable a la empresa, incluso en materia tributaria, es el Estatuto
Jurídico de las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Fuentes: Pagina del Servicio de Impuestos Internos de Chile.
Fuentes: Pagina del Servicio de Impuestos Internos de Chile.
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